Como profesionales de la Psicología, tenemos el deber legal y deontológico de solicitar y obtener el consentimiento informado de ambos progenitores antes de cualquier intervención profesional psicológica con menores, a menos que estén establecidos por la Ley y se detallen posteriormente las situaciones.
Características y Condiciones:
- Aplicable en todos los ámbitos y áreas de intervención: sanitaria, clínica, educativa, forense, etc.
- Independientemente de la situación legal de los progenitores (siempre que sean titulares de la patria potestad): pareja/matrimonio, separación, o divorcio, tanto custodio como no custodio.
- Preferentemente se debe obtener por escrito y firmado. Se pueden aceptar manifestaciones o mensajes electrónicos (sms, whatsapp, audio o correo electrónico) debidamente autentificados en caso de imposibilidad.
- Los progenitores pueden revocarlo por escrito en cualquier momento y sin necesidad de justificación.
No se considera válido el compromiso verbal del progenitor que solicita la intervención de informar al otro, ni los modelos firmados con dicho compromiso, ya que no podemos eludir nuestra responsabilidad legal y deontológica ni delegarla en los progenitores.
El consentimiento informado en Psicología no es solo un requisito legal, sino una manifestación de respeto hacia los derechos de los menores y sus familias. Garantiza la transparencia en las intervenciones y establece una base sólida de confianza entre el profesional, el menor y los progenitores. Además, ayuda a prevenir malentendidos y conflictos legales al proporcionar un marco claro sobre las responsabilidades de cada parte.
Importancia del consentimiento informado para el profesional
¿Por qué es tan importante el consentimiento informado para los psicólogos?
Desde la perspectiva profesional, el consentimiento informado no solo protege los derechos del menor y su familia, sino también al psicólogo. Este aspecto se vuelve crítico en todas las áreas de intervención, ya que proporciona un marco seguro para la relación terapéutica y evita problemas legales o éticos que puedan surgir en el futuro.
Beneficios Clave:
- Reducción de riesgos legales:
Documentar adecuadamente el consentimiento informado protege al psicólogo de posibles conflictos legales o éticos. Este registro es fundamental en casos de desacuerdo entre progenitores, quejas o incluso procesos judiciales.
Por ejemplo, si uno de los progenitores niega haber autorizado la intervención, tener un consentimiento firmado y registros de las comunicaciones será clave para demostrar que se actuó según la normativa. Además, el consentimiento informado detalla claramente los alcances de la intervención, reduciendo el riesgo de que los responsables legales malinterpreten los objetivos o los métodos de la terapia.
- Fortalecimiento de la relación terapéutica:
El proceso de obtener el consentimiento informado fomenta la confianza entre el profesional, el menor y los responsables legales. Al proporcionar información clara y honesta sobre la terapia, el psicólogo genera un ambiente de seguridad y colaboración. Esto no solo mejora la percepción del profesional, sino que también aumenta la probabilidad de que la intervención sea exitosa.
Por ejemplo, explicar cómo se manejará la confidencialidad puede aliviar las preocupaciones de los progenitores y del menor, facilitando su participación activa en el proceso terapéutico.
- Cumplimiento ético:
El consentimiento informado refleja el compromiso del psicólogo con principios éticos fundamentales como la autonomía, la beneficencia y la justicia. Respetar el derecho del menor y su familia a decidir sobre la intervención asegura que el profesional actúe en consonancia con los valores de la disciplina. Además, este cumplimiento ético refuerza la reputación del psicólogo y la confianza en la práctica psicológica.
Por ejemplo, si se trata de un menor mayor de 16 años, respetar su capacidad de decisión fortalece su autonomía y demuestra que el profesional valora su voz en el proceso terapéutico.
El consentimiento informado, cuando se gestiona correctamente, no solo cumple con las normativas legales y éticas, sino que también refuerza la relación terapéutica y protege al profesional. En este sentido, constituye una práctica indispensable para asegurar un ejercicio responsable y de calidad.
Excepciones: Situaciones en las que no es necesaria la solicitud y obtención del Consentimiento Informado para intervención con menores:
- Cuando se trate de menores emancipados o mayores de 16 años, con madurez y plena capacidad de comprensión y legal para tomar decisiones. En todo caso, los progenitores sí deberán ser informados del hecho de la intervención.
- En estos casos, es importante que los profesionales evalúen la capacidad del menor para comprender la naturaleza y las implicaciones de la intervención. Esto puede incluir el uso de entrevistas motivacionales o cuestionarios específicos que midan la madurez emocional y cognitiva del menor. Además, se debe garantizar que esta información se documente cuidadosamente para evitar futuros problemas legales
- Si no se es titular de la patria potestad.
- Este aspecto cobra relevancia en casos de acogimiento, tutela o pérdida de derechos parentales. Los psicólogos deben confirmar el estatus legal de las figuras responsables antes de iniciar cualquier intervención. Esto puede implicar la revisión de documentación legal o consultas con abogados especializados.
- Con sentencia condenatoria y con responsabilidad penal no extinta, o iniciado un procedimiento penal contra un progenitor por atentar contra la vida, integridad física, libertad, integridad moral o libertad e indemnidad sexual de hijos o hijas comunes menores de edad, o por atentar contra el otro progenitor, bastará el consentimiento de éste para la atención y asistencia psicológica de los hijos e hijas menores de edad, debiendo el primero ser informado previamente. También, aunque no se haya interpuesto denuncia previa, cuando la mujer esté recibiendo asistencia en un servicio especializado de violencia de género, siempre que medie informe emitido por dicho servicio que acredite dicha situación. Si fueran mayores de 16 años se precisará en todo caso su consentimiento expreso (Artículo 156 Código Civil).
- Si no es posible o se ha intentado la comunicación sin conseguirla (probado y justificado).
- Este supuesto debe ser documentado de manera exhaustiva. Por ejemplo, el profesional puede registrar intentos fallidos de comunicación mediante cartas certificadas, correos electrónicos o llamadas telefónicas. Este registro será esencial si se presenta alguna objeción posterior por parte de los progenitores.
- En «situaciones de urgente necesidad» apreciada, valorada y acreditada previamente por el/la profesional que realiza la intervención.
- Las situaciones de urgencia pueden incluir casos de riesgo inminente para la salud mental o física del menor, como conductas suicidas, autoagresiones o abuso. En estos casos, los profesionales deben estar preparados para justificar estas decisiones ante instancias legales o éticas si fuera necesario
- Cuando la intervención derive previamente de un programa o intervención con sustento público, en el que hayan sido incorporados después de un proceso articulado, protocolizado y avalado de admisión.
- En estos programas, los menores son generalmente referidos por instituciones públicas como escuelas o servicios sociales. El profesional debe asegurarse de que estas derivaciones estén respaldadas por procedimientos protocolizados y de que los responsables legales del menor sean informados de manera adecuada sobre los objetivos y alcance de la intervención.
Responsabilidades adicionales del psicólogo en casos de menores
El trabajo con menores implica responsabilidades éticas y legales adicionales que los psicólogos deben cumplir rigurosamente. No basta con el consentimiento informado; los psicólogos también tienen la responsabilidad de garantizar que el menor reciba una atención adecuada y todos los aspectos del proceso terapéutico se manejen con sensibilidad y rigor.
- Educar a los responsables legales y al menor:
El psicólogo tiene el deber de explicar de manera clara y comprensible el proceso terapéutico a los responsables legales y al menor. Esto incluye detallar los objetivos de la intervención, los métodos que se utilizarán, las posibles limitaciones y los derechos del menor, como la confidencialidad y la posibilidad de expresar su opinión sobre el tratamiento. Adaptar el lenguaje al nivel de desarrollo del menor es esencial para que entienda qué puede esperar de las sesiones.
Por ejemplo, con niños pequeños, se pueden usar recursos visuales o metáforas simples para explicar conceptos complejos. Proporcionar esta información no solo genera confianza, sino que también fomenta la colaboración entre todas las partes involucradas, aumentando la efectividad del tratamiento.
- Documentar exhaustivamente:
Registrar detalladamente todas las interacciones relacionadas con el consentimiento y la intervención es una de las responsabilidades más importantes del psicólogo. Esto incluye anotar las fechas y el contenido de las conversaciones con los progenitores, los intentos fallidos de contacto y cualquier excepción aplicada al consentimiento informado. Estos registros no solo respaldan la transparencia del proceso, sino que también protegen al profesional en caso de auditorías, supervisiones o conflictos legales.
Por ejemplo, en situaciones donde un progenitor no responde a los intentos de contacto, es crucial documentar todas las acciones realizadas, como llamadas, correos electrónicos o cartas certificadas. Este nivel de exhaustividad garantiza que cada paso sea verificable y esté respaldado por evidencia sólida.
- Mediar en conflictos parentales:
En situaciones donde los progenitores tienen desacuerdos sobre la intervención, el psicólogo debe actuar como mediador neutral, siempre priorizando el interés superior del menor. Esto puede implicar realizar reuniones separadas con cada progenitor para entender sus puntos de vista, aclarar malentendidos y buscar soluciones que beneficien al menor. Si no se logra un acuerdo, el psicólogo puede recomendar la intervención de un mediador familiar o consultar con asesoramiento legal para garantizar que se cumpla con la normativa vigente.
Por ejemplo, si un progenitor custodio aprueba la intervención, pero el no custodio se opone, el psicólogo debe evaluar si existe una base legal o ética para proceder y documentar cuidadosamente todas las decisiones tomadas. Mantener la objetividad y el respeto hacia ambas partes es fundamental para manejar estas situaciones de manera profesional y efectiva.
Estas responsabilidades reflejan el compromiso ético del psicólogo hacia el menor y su familia. Actuar con diligencia y profesionalismo en cada una de estas áreas no solo protege al menor, sino que también refuerza la confianza en la práctica psicológica como un servicio ético y de calidad.
El Consentimiento en Terapia Psicológica para Mayores de 16 años: Ley 41 de 2002 y la Autonomía Sanitaria
En el ámbito de la terapia psicológica, el consentimiento es un principio fundamental que guía la relación entre el terapeuta y el paciente. Es un componente esencial de la ética profesional y un derecho fundamental de los individuos. Sin embargo, cuando se trata de pacientes menores de edad, la cuestión del consentimiento puede tornarse más compleja debido a la necesidad de proteger los derechos y el bienestar del joven mientras se respeta su autonomía.
En muchos países, incluyendo aquellos que siguen las directrices de la Ley 41 de 2002, se reconoce que a partir de cierta edad, generalmente los 16 años, los jóvenes tienen la capacidad de consentir o rechazar tratamientos médicos y psicológicos sin necesidad de la autorización de sus padres o tutores legales. Este umbral de edad se establece en función de la madurez y la capacidad de discernimiento de los individuos jóvenes, reconociendo su autonomía y capacidad para tomar decisiones relacionadas con su salud.
En el contexto de la terapia psicológica, el consentimiento informado implica que el paciente comprenda los detalles relevantes del tratamiento propuesto, incluyendo sus objetivos, beneficios, riesgos y alternativas disponibles.
Además, el paciente debe tener la capacidad de tomar una decisión informada y voluntaria, sin presiones externas. Para los jóvenes mayores de 16 años, esto significa que tienen el derecho legal de buscar terapia psicológica por su cuenta, sin necesidad de la aprobación de sus padres o tutores legales, siempre y cuando sean capaces de comprender la naturaleza de la terapia y tomar decisiones informadas sobre su participación en el proceso.
Es importante que los terapeutas psicológicos estén familiarizados con las leyes y regulaciones pertinentes en su jurisdicción, incluyendo la Ley 41 de 2002 o cualquier legislación equivalente que establezca la edad de consentimiento para tratamientos médicos y psicológicos. Esto les permitirá cumplir con sus obligaciones éticas y legales, garantizando que el consentimiento de los pacientes, incluidos los jóvenes mayores de 16 años, sea obtenido de manera adecuada y respetuosa.
Además, los terapeutas deben estar preparados para abordar cualquier preocupación ética o legal relacionada con el consentimiento en casos donde existan dudas sobre la capacidad de un joven para tomar decisiones informadas. En tales situaciones, puede ser necesario obtener la opinión de otros profesionales de la salud mental o consultar con asesores legales para garantizar que se protejan los derechos y el bienestar del paciente mientras se respeta su autonomía en la medida de lo posible.
En resumen, la Ley 41 de 2002 y leyes similares establecen la autonomía sanitaria para los jóvenes mayores de 16 años, otorgándoles el derecho legal de consentir o rechazar tratamientos médicos y psicológicos. Para los terapeutas psicológicos, esto implica la responsabilidad de obtener el consentimiento informado de los jóvenes pacientes, asegurándose de que comprendan la naturaleza de la terapia y puedan tomar decisiones informadas sobre su participación en el proceso terapéutico.
Consideraciones éticas y legales en la psicología infantil
El consentimiento informado en la intervención con menores plantea una serie de retos éticos y legales que exigen una atención cuidadosa por parte del psicólogo. Más allá de cumplir con la normativa, estos aspectos demandan sensibilidad y una sólida comprensión de los principios éticos de la profesión.
- Conflictos entre progenitores:
Cuando los progenitores no están de acuerdo sobre la intervención psicológica, el profesional enfrenta un desafío delicado. Por un lado, debe respetar el derecho de ambos progenitores a participar en las decisiones que afectan al menor; por otro, debe priorizar el interés superior del niño o niña. En estos casos, el psicólogo debe mantener una postura neutral, recopilando información de ambas partes y evaluando cuidadosamente cómo la intervención puede beneficiar al menor.
Por ejemplo, si un progenitor aprueba la terapia y el otro se opone, el profesional puede optar por buscar la opinión de un juez o comité ético antes de continuar. Es fundamental documentar cada interacción y decisión para garantizar la transparencia del proceso.
- Capacidad del menor para comprender la intervención:
Aunque la ley reconoce que los mayores de 16 años tienen derecho a consentir por sí mismos, no todos los menores tienen la misma capacidad para comprender las implicaciones de una intervención psicológica. El psicólogo debe evaluar individualmente la madurez y el nivel de comprensión del menor. Esto puede incluir entrevistas clínicas adaptadas o el uso de herramientas específicas para medir su capacidad de discernimiento.
Por ejemplo, un joven de 17 años puede ser plenamente capaz de tomar decisiones informadas, mientras que otro de la misma edad, debido a su contexto o desarrollo cognitivo, puede necesitar apoyo adicional para comprender el proceso.
- Presión externa:
Es crucial garantizar que el consentimiento del menor y de los responsables legales sea libre de coacción. En algunos contextos familiares, pueden existir dinámicas de poder o presión que influyan en la decisión del menor o de los progenitores. El psicólogo debe ser especialmente cuidadoso al identificar estos factores y abordar cualquier situación que pueda comprometer la voluntariedad del consentimiento.
Por ejemplo, si un menor expresa dudas sobre la terapia debido a la presión de uno de los progenitores, el psicólogo debe explorar estas preocupaciones y asegurarse de que el menor entienda que tiene derecho a expresar su voluntad.
El psicólogo no solo debe actuar dentro de los límites legales, sino también reflejar los valores éticos que fundamentan la disciplina. Al abordar con sensibilidad y profesionalismo estos dilemas, se protege tanto al menor como al profesional, reforzando la confianza en la práctica psicológica.